ECONOMÍA

Banco Central: buscan evitar que menores de edad asuman antecedentes crediticios de sus tutores.

La iniciativa remitida al Ministerio de Economía y Finanzas impide que niños y adolescentes ingresen al Clearing de informes por deudas ajenas. De esta manera, el historial financiero de los chicos quedará protegido incluso después de que cumplan la mayoría de edad.

Una propuesta legislativa remitida por el Banco Central del Uruguay procura salvaguardar el futuro comercial de la infancia y la adolescencia en todo el territorio nacional.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) recibió formalmente el texto del anteproyecto que busca regular de forma estricta el funcionamiento de los registros de deudores en el país.

La reforma apunta a prohibir que niños y adolescentes acumulen calificaciones negativas en su historial financiero por préstamos o tarjetas de crédito tramitadas en su nombre por sus padres o tutores.

Con esta modificación, cualquier tipo de incumplimiento o deuda pasará a ser adjudicado de manera exclusiva a la persona física mayor de edad que firmó el compromiso de pago.

Las instituciones financieras y empresas del sector privado tendrán prohibido suministrar datos de menores tanto a la Central de Riesgos Crediticios del regulador estatal como al Clearing de informes.

Esta protección legal mantendrá su total vigencia aun cuando el beneficiario alcance los 18 años, garantizando que comience su etapa adulta con un historial completamente limpio.

La justificación técnica de la propuesta señala que el Código Civil vigente permite a los representantes legales operar comercialmente a nombre de los menores sin requerir una autorización previa de la órbita judicial.

Este escenario de desprotección contrasta fuertemente con otras operaciones patrimoniales de gran relevancia, como la compraventa de propiedades inmuebles, que sí exigen el aval de un magistrado.

El documento final fundamenta sus principios en la Convención sobre los Derechos del Niño y en diversos artículos que promueven la corresponsabilidad y tutela prioritaria consagrados en el Código de la Niñez y la Adolescencia de Uruguay.