TRIBUTACIÓN

Autos Eléctricos (Uruguay): Gobierno aplicará IMESI a modelos de mayor valor desde 2027.

El Poder Ejecutivo publicó ayer martes 30 de junio el decreto que modifica el régimen de beneficios tributarios para los vehículos eléctricos e híbridos de pasajeros. Los cambios comenzarán a regir el 1° de enero de 2027 y establecen nuevas franjas de tributación según el valor en aduana y, en el caso de los híbridos, de acuerdo con la cilindrada.

Mediante un decreto firmado por el Presidente de la República, Prof. Yamandú Orsi, el Ministro de Economía y Finanzas, Ec. Gabriel Oddone, y la Ministra de Industria, Energía y Minería, Fernanda Cardona, el Gobierno resolvió modificar las exoneraciones fiscales que hasta ahora beneficiaban a los vehículos eléctricos en Uruguay.

La disposición alcanza a los vehículos de pasajeros comprendidos en la Categoría F, sin incluir a los utilitarios, y establece que estos automóviles comenzarán a tributar el Impuesto Específico Interno (IMESI) cuando su valor en aduana supere los USD 19.000.

¿Cómo quedará la tributación?

Los automóviles eléctricos cuyo valor en aduana no exceda los USD 19.000 continuarán exentos del IMESI.

A su vez, los modelos con un valor de importación de entre USD 19.001 y USD 27.000 abonarán una tasa del 5%.

En la franja superior, los automóviles alcanzados por la medida, con un valor superior a USD 27.000, quedarán gravados con un 9% de IMESI.

En el caso de los vehículos híbridos, la carga impositiva continuará determinada por la cilindrada.

Para las unidades comprendidas en la primera franja las tasas oscilarán entre 7% y 34,5%, mientras que aquellas de mayor valor en aduana tributarán entre 11% y 34,5%.

¿Cuándo comenzará a regir?

El decreto establece que las nuevas disposiciones entrarán en vigencia el 1° de enero de 2027.

Fundamentos del Gobierno.

En la exposición de motivos, el Poder Ejecutivo señaló que el mercado automotor evidencia un crecimiento sostenido en la importación y comercialización de vehículos eléctricos de pasajeros, aunque estos aún representan un porcentaje reducido del parque automotor nacional.

Asimismo, sostuvo que la estructura tributaria debe adaptarse de forma dinámica a la evolución del mercado, las nuevas tecnologías y los patrones de consumo, ajustando los incentivos fiscales a la disminución de los costos de estas tecnologías, sin afectar significativamente las políticas energética, ambiental y de movilidad sostenible.

El Gobierno recordó, además, que estas modificaciones se enmarcan en las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el Presupuesto Nacional, que habilitó la revisión del régimen tributario aplicable a esta categoría de vehículos.

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