MOVILIDAD

Transporte Público: Junta Departamental analizará proyecto de modernización propuesto por la Intendencia.

El Jefe Comunal de Maldonado, Miguel Abella, remitió al Legislativo Deliberativo un proyecto de ordenanza que procura actualizar las normas del transporte colectivo de pasajeros, fortalecer las potestades de regulación y fiscalización de la Comuna y mejorar la calidad del servicio para usuarios y visitantes.

El crecimiento registrado en nuestro departamento durante las últimas décadas y las nuevas exigencias en materia de movilidad llevaron al Ejecutivo Departamental a impulsar una revisión integral del sistema.

La iniciativa fue elaborada a partir de recomendaciones del Centro de Investigaciones Económicas (CINVE) y de los aportes realizados por la comisión multipartidaria sobre Movilidad, que trabajó con una visión proyectada a 30 años.

La propuesta define al transporte colectivo como un servicio público esencial y busca fortalecer las herramientas de planificación, regulación y fiscalización de la Intendencia, incorporando criterios vinculados a concesiones, capacidad económica de los operadores, accesibilidad, renovación de flotas e incorporación de nuevas tecnologías.

Asimismo, la Comuna podrá definir sistemas de expedición y pago de viajes, exigir dispositivos tecnológicos para el control del servicio y acceder a la información generada por la operativa del sistema para tareas de regulación y fiscalización.

Entre las disposiciones previstas, los permisos serán precarios y revocables, mientras que las concesiones podrán rescindirse ante incumplimientos graves o reiterados.

Además, la Intendencia podrá suspender servicios e incluso intervenir empresas cuando resulte necesario garantizar la continuidad de las prestaciones.

La iniciativa clasifica los servicios en regulares y no regulares.

Entre los primeros se encuentran las líneas interurbanas, estructurales, semidirectas, directas, alimentadoras, circulares y sociales.

Los no regulares comprenderán servicios particulares propios, contratados y ocasionales, quedando prohibida la venta individual de pasajes o boletos en estas modalidades.

Las empresas interesadas en explotar líneas deberán constituirse como personas jurídicas, acreditar capacidad económica y demostrar patrimonio propio equivalente al 50% del valor del material rodante previsto para el primer año de actividad.

También deberán ser propietarias de las unidades afectadas al servicio y asumir la responsabilidad por la seguridad de los pasajeros.

La normativa dispone que los servicios deberán cumplirse durante todo el año, salvo aquellos vinculados a demandas estacionales que no generen distorsiones.

En caso de desperfectos mecánicos, las empresas estarán obligadas a garantizar que los usuarios lleguen a destino.

Otro de los puntos destacados fija como límite máximo para pasajeros transportados de pie el equivalente al 60% del total de asientos habilitados en cada unidad.

Las empresas concesionarias deberán presentar horarios con una antelación mínima de diez días hábiles.

El Departamento de Movilidad podrá aprobarlos, modificarlos o rechazarlos, al igual que definir recorridos y régimen de paradas.

Respecto a la publicidad, se autorizarán avisos comerciales en espacios exteriores determinados de las unidades.

No podrán cubrirse ventanas ni difundirse promociones vinculadas a cigarrillos, bebidas alcohólicas u otras drogas.

Además, la Comuna se reservará el 20% de los espacios y tiempos publicitarios para campañas de interés público.

Finalmente, todas las tarifas deberán contar con la aprobación de la Intendencia antes de su aplicación.