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Maldonado: condenan a cuatro años a conductora por siniestro fatal en la rotonda de Cerro Pelado.
La Justicia de Maldonado condenó a cuatro años de libertad a prueba a la conductora del camión que atropelló y causó la muerte de dos adultos mayores en la rotonda de Cerro Pelado. El fallo confirma que las víctimas cruzaban correctamente por el único paso peatonal habilitado, mientras que la maniobra negligente de la conductora fue determinante. La familia había rechazado un reparatorio y exigido que el caso avanzara por la vía penal.
La Justicia de Maldonado dictó este viernes la condena por el siniestro de tránsito fatal ocurrido en la rotonda de Cerro Pelado, en la intersección con Luis Alberto de Herrera, donde una pareja de adultos mayores murió tras ser embestida por un camión. La resolución surge de la audiencia realizada este 21 de noviembre, según consta en la sentencia judicial a la que accedió Cadena del Mar.
Según el fallo emitido mediante proceso abreviado, quedó debidamente acreditado que las víctimas cruzaban por el único cruce peatonal habilitado y lo hacían de manera correcta al momento del impacto.
De acuerdo con la información previa brindada por la familia, el camión -perteneciente a una empresa comercial del departamento- habría ingresado a la rotonda y realizado una maniobra que terminó afectando directamente el sector por donde transitaban los peatones. La familia había manifestado públicamente, a través de Cadena del Mar, su rechazo al reparatorio económico ofrecido inicialmente y exigió que el caso avanzara por la vía penal.
La Sentencia Nº 354/2025 condena a la conductora por un delito de Homicidio Complejo Culposo, imponiéndole una pena de cuatro años de penitenciaría.
Sin embargo, en aplicación del artículo 295 bis del Código del Proceso Penal, la pena será cumplida mediante libertad a prueba por el mismo plazo.
La jueza impuso varias condiciones estrictas durante los cuatro años que dure el régimen:
• Arresto domiciliario total durante el primer año, con permiso para trabajar de 08:00 a 18:00 horas, de lunes a viernes.
• Mantener el domicilio denunciado sin modificarlo sin autorización judicial.
• Someterse a supervisión de la DINAMA.
• Presentarse una vez por semana en la seccional policial correspondiente.
• Cumplir servicio comunitario una vez por semana durante dos horas, por un máximo de 10 meses.
La resolución fue consentida por todas las partes presentes.
Con esta sentencia, la Justicia concluye el proceso penal por un hecho que generó fuerte conmoción en Maldonado. El fallo reafirma que las víctimas circulaban correctamente por el paso peatonal habilitado, mientras que la maniobra negligente de la conductora fue determinante en el trágico desenlace.