COMERCIO Y DERECHOS

Caso Valentino (Uruguay): Tribunal confirmó formalización por estafa y marcas.

La Justicia respaldó, por unanimidad, la resolución que dio inicio al proceso penal. Los Ministros entendieron que los elementos reunidos por la Fiscal, Dra. Sandra Fleitas, son suficientes para continuar la persecución relacionada con la familia Sasson; aunque aclararon que las cuestiones de fondo serán analizadas en las próximas etapas del expediente.

El Tribunal de Apelaciones Penal de 3° Turno confirmó por unanimidad la formalización de la investigación respecto Pranabest S.A., firma que opera comercialmente bajo el nombre Valentino Uruguay, en Punta del Este, por la presunta comisión de un delito continuado de estafa, en reiteración real con una infracción a la Ley de Marcas, sobre su Directivo principal, Alegre Sasson Chebi.

La resolución ratificó el fallo dictado el 19 de febrero por el Juez especializado en Crimen Organizado, Dr. Fernando Islas, a solicitud de la Fiscalía de Delitos Económicos y Complejos, cuya titular es la Dra. Sandra Fleitas.

Los Ministros, Dr. Julio Olivera, Dr. José Gómez y Dr. Gabriel Ohanian concluyeron que los elementos incorporados por el Ministerio Público permiten sostener, en esta instancia, una hipótesis delictiva seria y verosímil que justifica la continuidad del proceso; extremo difundido en primera instancia por los colegas periodistas de El País.

El Tribunal enfatizó que la formalización no implica una declaración de culpabilidad, sino una valoración "primaria" y "provisoria", destinada exclusivamente a determinar si existen fundamentos suficientes para proseguir con la investigación penal.

La Defensa del empresario y su familia, Alegre Sasson Chebi, es encabezada por el Dr. Gumer Pérez quien había apelado, al sostener que la actividad comercial de Pranabest S.A. se desarrollaba al amparo de registros marcarios concedidos por el Estado uruguayo.

Asimismo, rechazó la existencia de una estafa al entender que no hubo un engaño idóneo para inducir a error a los consumidores, remarcando las diferencias de precios, calidad, posicionamiento comercial y canales de venta "respecto de la firma italiana Valentino S.p.A.".

No obstante, el Tribunal de Apelaciones entendió que esos cuestionamientos deberán resolverse durante el desarrollo del proceso y, eventualmente, en un juicio oral.

Los Ministros señalaron que, para darse una revocación en esta etapa procesal debía verificarse una atipicidad "grosera, ostensible y manifiesta", circunstancia que, a su juicio, no se configura en este caso.

Hipótesis de la Fiscalía

La investigación sostiene que Pranabest S.A. importaba desde China mercadería que reproducía signos distintivos y diseños pertenecientes a Valentino S.p.A. y Adidas AG para comercializar esos productos en Uruguay como si fueran originales.

Según la Fiscalía, durante el procedimiento fueron incautadas más de 17.000 unidades y las pericias determinaron que la mercadería examinada era falsificada.

Además, indicó que el distintivo "V" utilizado en parte de los artículos permanece registrado en Uruguay a nombre de la firma italiana hasta el 7 de junio de 2031.

La acusación también sostiene que, si bien el empresario tenía registrada ante la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial (DNPI) la denominación "valentino" en minúsculas, utilizaba el signo "VALENTINO" en mayúsculas y con una tipografía similar a la empleada por la casa de moda italiana.

A ello se suman diseños presuntamente idénticos y los testimonios de clientes que declararon haber adquirido los productos convencidos de que se trataba de artículos originales de la firma italiana.

La causa comenzó el 18 de agosto de 2025, cuando la Dirección Nacional de Aduanas retuvo un contenedor importado por Pranabest S.A.

Posteriormente se realizaron allanamientos en distintos locales de la empresa puntaesteña, donde también fue incautada mercadería.

Al decretarse la imputación, el Juez impuso como medidas cautelares la fijación de domicilio, la entrega del pasaporte y la prohibición de salir del país sin autorización judicial durante 180 días, al Director de la empresa, poseedor de antecedentes.

Demanda civil millonaria

En paralelo al expediente penal, Pranabest S.A. anunció que promoverá una demanda civil por USD 9,6 millones contra Valentino S.p.A. y sus representantes en Uruguay, al considerar que la denuncia, la incautación de mercadería y las restricciones aplicadas a sus locales le ocasionaron importantes perjuicios.

Tras una audiencia de conciliación celebrada el 25 de febrero ante la Jueza Dra. Sylvia Castelli, las partes no alcanzaron un acuerdo, por lo que la empresa iniciaría la acción judicial referida.

La firma uruguaya sostiene que sufrió daños económicos y reputacionales, lucro cesante, pérdida de oportunidades comerciales y el cierre de establecimientos que afectó a más de 50 trabajadores.

Los USD 9,6 millones reclamados coinciden con el valor que la propia Valentino S.p.A. asignó a la mercadería incautada.

Además, los representantes de Pranabest afirmaron que la empresa italiana no tenía registrada su marca y que la denuncia inicial fue presentada con un poder vencido.

Por su parte, Valentino S.p.A. rechazó el reclamo y sostuvo que cualquier perjuicio alegado por Pranabest S.A. fue consecuencia de su propio accionar.

Asimismo, negó haber utilizado la denuncia penal como un mecanismo de presión para adquirir las marcas registradas en Uruguay.

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