VIGILANCIA ELECTRÓNICA

Diego Echeverría (PN): “La ciudadanía tiene derecho a saber quién la observa y con qué garantías”.

El Diputado del Partido Nacional reclamó precisiones sobre los arcos digitales, las herramientas incorporadas, sus proveedores y el tratamiento de la información biométrica captada en espacios públicos.

El despliegue de sistemas tecnológicos destinados a fortalecer la seguridad pública abrió un debate parlamentario sobre los límites de la vigilancia y la protección de la privacidad.

El Representante Nacional, Dr. Diego Echeverría, presentó un pedido de informes al Ministerio del Interior y realizó una consulta paralela ante la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales.

La iniciativa procura determinar el alcance real de los denominados arcos digitales y conocer si los dispositivos instalados integran reconocimiento facial, lectura automática de matrículas, rastreo de teléfonos celulares u otras herramientas capaces de identificar movimientos o personas.

Echeverría aclaró que respalda la incorporación de tecnología para combatir el delito, pero sostuvo que su utilización debe responder a una estrategia definida y respetar los derechos de quienes circulan por la vía pública.

“Somos partidarios de utilizar la tecnología para afrontar el delito y mejorar la seguridad pública, pero debe ser compatible con el ejercicio de los derechos de los ciudadanos honestos. No puede aplicarse todo a todos como si fuera lo mismo”, afirmó.

FUNDAMENTO LEGAL Y ALCANCE DEL SISTEMA

El planteo fue cursado mediante el mecanismo previsto en el artículo 118 de la Constitución, que permite a los Legisladores solicitar información a organismos públicos a través de la Cámara correspondiente. 

Entre los primeros puntos, el Diputado solicitó identificar las normas que habilitan la colocación y operación de los arcos, así como el acto administrativo que dispuso su despliegue.

También pidió conocer la cantidad de dispositivos existentes, sus ubicaciones, las fechas de puesta en funcionamiento y las tecnologías efectivamente utilizadas. El pedido busca diferenciar las capacidades anunciadas de aquellas que ya se encuentran operativas.

Otro capítulo está dedicado a las empresas proveedoras de equipos y programas informáticos. Echeverría reclamó información sobre los procedimientos de contratación y sobre una eventual participación de terceros en el procesamiento, almacenamiento o administración de los registros obtenidos.

DATOS BIOMÉTRICOS Y PRIVACIDAD

El Legislador del Partido Nacional puso especial atención en el reconocimiento facial, debido a que permite identificar personas mediante características físicas únicas y supone el tratamiento de información biométrica.

La normativa uruguaya considera que esta clase de procedimientos requiere medidas reforzadas de protección. La Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales ha establecido que quienes utilicen datos biométricos deben realizar previamente una evaluación de impacto, orientada a identificar riesgos y definir mecanismos para mitigarlos. 

Echeverría pretende saber si esa evaluación fue efectuada antes de la instalación de los sistemas y si el Ministerio del Interior consultó previamente al organismo especializado.

“La aplicación debe operar como excepción y no como regla, circunscripta a causas debidamente justificadas y nunca de manera generalizada e indiscriminada”, sostuvo.

ALMACENAMIENTO, ACCESOS Y PLAZOS

El pedido también consulta qué destino recibe la información recopilada, dónde se encuentran alojadas físicamente las bases de datos y durante cuánto tiempo se conservan las imágenes, matrículas, ubicaciones o identificadores registrados.

Además, requiere precisar qué organismos, dependencias y funcionarios pueden acceder al contenido, junto con los mecanismos disponibles para registrar consultas, auditar actuaciones y reconstruir el uso realizado por cada operador.

Echeverría incluyó preguntas sobre posibles cesiones a instituciones nacionales o extranjeras, medidas de ciberseguridad, procedimientos de eliminación y designación del responsable encargado del tratamiento.

El documento también procura determinar cuándo estas herramientas pueden utilizarse sin autorización judicial y en qué circunstancias debe existir una orden previa.

CONSULTA ANTE LA UNIDAD DE DATOS PERSONALES

De manera paralela, el Diputado acudió a la Unidad Reguladora y de Control de Datos Personales para conocer si el organismo recibió información sobre el proyecto, emitió dictámenes o prevé iniciar actuaciones de oficio.

También consultó si las bases correspondientes fueron registradas y qué mecanismos tienen los ciudadanos para conocer si sus datos fueron captados, solicitar acceso, controlar su utilización o requerir su eliminación cuando corresponda.

La Ley N° 18.331 reconoce la protección de los datos personales como un derecho fundamental y atribuye a la Unidad competencias para controlar el cumplimiento de las obligaciones vigentes. 

Echeverría planteó que Uruguay deberá analizar un marco normativo específico para el uso de vigilancia biométrica en espacios públicos.