SENTENCIA

Agresión (Piriápolis): hombre deberá cumplir 5 meses de libertad a prueba.

C.E.G.V., de 48 años, fue condenado por lesiones personales intencionales a raíz de un incidente ocurrido en una plaza.

La discusión se produjo después de un reclamo vinculado con el presunto hurto de dinero a un familiar de la víctima.

Una llamada al Servicio de Emergencia 9-1-1 alertó durante la tarde del lunes 7 de septiembre sobre un altercado entre dos hombres en el espacio público ubicado en las calles Dr. Héctor Barrios y Santos Negro González, en Piriápolis.

Personal de la Unidad de Respuesta Móvil Policial de la Zona Operacional I concurrió al lugar y entrevistó a los involucrados para establecer las circunstancias del episodio.

De acuerdo con el relato aportado por la víctima, el desencuentro comenzó cuando increpó al otro hombre por la presunta sustracción de dinero a un familiar que se encuentra en situación de vulnerabilidad.

En medio de esa confrontación, C.E.G.V. lo agredió físicamente.

El hombre de 48 años fue trasladado a la Seccional 11°, dependencia que asumió las actuaciones, mientras que el lesionado se dirigió por sus propios medios a un centro asistencial.

INTERVENCIÓN DE FISCALÍA

Enterada de lo sucedido, la Fiscalía Letrada Departamental de Maldonado de 4° Turno, encabezada por la Dra. Ana Carolina Dean, junto con la Dra. Cecilia Guerra y la Dra. María Fernanda Manganello, dispuso distintas diligencias y ordenó que el indagado fuera conducido a la sede fiscal.

Cumplida esa instancia, ayer martes 8 de septiembre compareció ante el Juzgado Letrado de 11° Turno.

La Justicia lo condenó como autor penalmente responsable de un delito de lesiones personales intencionales a cinco meses de prisión, sanción que será sustituida por un régimen de libertad a prueba durante el mismo período.

LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS

Durante esos 5 meses deberá residir en el domicilio declarado ante la sede judicial y quedar sometido a la orientación y vigilancia de la Dirección Nacional de Medidas Alternativas.

Asimismo, tendrá que presentarse una vez por semana en la dependencia policial correspondiente a su domicilio y realizar tareas comunitarias con 1 frecuencia semanal de 2 horas.

La resolución establece, además, la prohibición de acercarse, comunicarse o mantener cualquier tipo de contacto con la víctima, medida que se extiende al domicilio de esta.