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Oficinas públicas simplifican trámites: No se requerirá partida de nacimiento si se presentó la cédula de identidad

En un esfuerzo por simplificar los trámites administrativos, el Ministro de Educación y Cultura, Pablo da Silveira, anunció que a partir del 1° de enero de 2024, ya no será necesario presentar la partida de nacimiento para realizar gestiones en oficinas públicas.

El Ministro de Educación y Cultura, Pablo da Silveira, anunció hoy a través de su cuenta de la red social "X" una modificación importante en los requisitos para trámites en oficinas públicas. A partir del 1° de enero de 2024, ya no será necesario presentar la partida de nacimiento al realizar gestiones, siempre y cuando la persona haya presentado previamente su cédula de identidad.

Según el Ministro, esta medida busca simplificar los procesos administrativos. Al respecto, da Silveira indicó que al obtener la cédula de identidad, el ciudadano ya cumplió con el requisito de presentar la partida de nacimiento, ya que este documento es necesario para la expedición de la cédula.

La iniciativa, que forma parte de la Ley 20.212 de la Rendición de Cuentas, fue propuesta por el Ministerio de Educación y Cultura (MEC) y pretende agilizar los trámites en las oficinas públicas. No obstante, es importante destacar que la partida de nacimiento seguirá siendo requerida en casos específicos, como aquellos en los que sea necesario constatar la filiación de la persona.

El MEC señaló que esta medida se suma a los esfuerzos realizados en 2021 en el marco del proceso de digitalización y descentralización. En ese año, la Dirección General de Registro Civil implementó un sistema informático accesible en tiempo real para todo el país, como parte de los esfuerzos por modernizar los servicios de registro civil.