TRIBUTOS NACIONALES
IASS 2026: ¿Quiénes deben presentar la Declaración Jurada? Montos y fechas.
La DGI adelantó para abril el inicio de la campaña relativa al ejercicio 2025: el formulario ya está disponible en línea con datos precargados y hay devoluciones desde mayo.
Todo lo relativo a las Declaración Juradas del IASS 2026 está en marcha y alcanza a miles de personas en todo el país, con nuevas fechas, condiciones específicas y opciones de devolución o pago en cuotas.
La Dirección General Impositiva inició el proceso correspondiente al ejercicio 2025, con un adelanto en la etapa personalizada que este año comienza en el corriente mes de abril.
Deben presentar la declaración los jubilados que hayan tenido ingresos de más de una institución previsional y que, en conjunto, hayan superado los $ 963.510 nominales durante el 2025.
También están incluidos quienes cobraron de un único organismo pero no percibieron ingresos en diciembre de ese año.
Asimismo, deberán realizar el trámite quienes se hayan jubilado por el régimen de AFAP y superen ese monto o, aun sin alcanzarlo, no hayan presentado el formulario 3.800.
Quedan exceptuados quienes no estén comprendidos en estos casos.
Sin embargo, podrán presentar la declaración de forma voluntaria aquellos contribuyentes que hayan tenido retenciones de IASS y busquen acceder al crédito fiscal por arrendamiento.
Desde ayer jueves 9 de abril, se encuentra habilitado el formulario en línea en el portal de la DGI, con información precargada correspondiente a 2025, que incluye ingresos por pasividades, pensiones y retenciones de las distintas instituciones previsionales.
Estos datos no pueden ser modificados:
Únicamente se permite agregar, de forma sencilla, los créditos por alquiler.
Para ingresar al sistema se requiere clave de usuario, que puede gestionarse en redes de cobranza presentando la cédula de identidad, o mediante identidad digital.
También es posible autorizar a un tercero a realizar la declaración en nombre del contribuyente, a través del servicio de Asignación de Roles.
Devoluciones y pagos en cuotas:
Las devoluciones generadas por la declaración jurada estarán disponibles desde el jueves 28 de mayo en redes de cobranza.
Quienes hayan optado por el depósito bancario podrán cobrar desde el 15 de mayo.
En caso de tener saldo a pagar, el monto correspondiente al ejercicio 2025 podrá abonarse en cuotas mensuales.
El calendario comienza el 30 de junio y se extiende hasta el 30 de diciembre, con la posibilidad de financiar en hasta siete pagos iguales.
Quienes presenten la declaración en etapas más avanzadas de la campaña podrán acceder a un plan con menor cantidad de cuotas, según el cronograma vigente.
Imagen: ilustrativa Cadena del Mar.