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Prohibición de velos (Portugal): entra en vigencia la ley que castiga con multas de hasta 3.000 Euros.
La Ley 58/2026 comenzó a regir este miércoles y prohíbe utilizar prendas destinadas a ocultar u obstaculizar la exhibición del rostro en espacios públicos. Aunque es conocida como la “ley del burka”, el texto no menciona específicamente esa prenda ni ninguna religión y establece excepciones por razones de salud, trabajo, seguridad, clima y actividades artísticas.
Portugal comenzó a aplicar este miércoles la denominada “ley del burka”, una normativa que establece nuevas reglas sobre la exhibición del rostro en espacios públicos y contempla multas de hasta 3.000 euros para quienes incumplan la disposición de manera intencional.
La norma corresponde a la Ley 58/2026, aprobada por el Parlamento portugués el 17 de julio y promulgada por el presidente António José Seguro el 18 de agosto.
El texto legal establece que está prohibido utilizar en espacios públicos prendas destinadas a “ocultar u obstaculizar la exhibición del rostro”.
Aunque el debate político y mediático bautizó la norma como “ley del burka”, la legislación no menciona expresamente esa vestimenta, el niqab, el islam ni ninguna otra religión.
La prohibición alcanza las vías públicas, los lugares abiertos al público, los espacios destinados a servicios públicos y aquellos donde se prestan servicios generalmente accesibles a los ciudadanos. También se extiende a eventos, actividades deportivas y manifestaciones.
La normativa establece diferentes sanciones según la conducta.
Cuando la infracción se produce por negligencia, la multa puede oscilar entre 150 y 750 euros.
Si las autoridades consideran que existió una actuación intencional, la sanción aumenta y puede alcanzar los 3.000 euros.
La fiscalización corresponde a las fuerzas de seguridad, mientras que los municipios tienen a su cargo la tramitación de los expedientes y la aplicación de las multas.
La ley contempla varias excepciones.
La cobertura del rostro está permitida cuando existe una justificación vinculada con motivos de salud, laborales, artísticos, de entretenimiento o publicidad.
También se contempla el uso de prendas que cubran el rostro por razones de seguridad, por condiciones climáticas o cuando otra disposición legal lo autorice.
Además, la prohibición no se aplica dentro de aeronaves, instalaciones diplomáticas y consulares, lugares de culto y otros espacios considerados sagrados.
La legislación también incorpora una disposición destinada a proteger a las personas que puedan ser obligadas a ocultar su rostro.
Quien, mediante amenazas, violencia, coacción, abuso de autoridad o abuso de poder, fuerce a otra persona a cubrirse el rostro por razones relacionadas con su sexo puede enfrentar hasta dos años de prisión o una multa penal de hasta 240 días.
Si la víctima es menor de edad, la pena se incrementa en un tercio.
La iniciativa original fue presentada por Chega, partido de derecha radical, y posteriormente fue modificada durante su tratamiento parlamentario.
La versión finalmente aprobada desplazó el eje de la propuesta hacia las cuestiones de identificación, seguridad y prevención en espacios públicos.
La aprobación generó posiciones enfrentadas entre las distintas fuerzas políticas portuguesas.
La entrada en vigor también reavivó el debate sobre la libertad religiosa y los derechos individuales.
Sectores que respaldaron la legislación sostienen que mostrar el rostro facilita la identificación y contribuye a la seguridad y la convivencia en espacios públicos.
Sus críticos cuestionan el impacto de la medida sobre las mujeres musulmanas que utilizan prendas que cubren completamente el rostro y plantearon dudas sobre su compatibilidad con la libertad religiosa.
De esta manera, Portugal se suma a otros países europeos que cuentan con restricciones nacionales sobre la ocultación del rostro en determinados espacios públicos.
La nueva normativa portuguesa, sin embargo, establece un régimen general sobre cualquier prenda destinada a ocultar el rostro y contempla excepciones específicas según las circunstancias.