DINERO ELECTRÓNICO
Alerta en el sistema financiero: BCU exigirá reportes sobre depósitos, retiros y transferencias con dinero electrónico.
La nueva regulación incorpora obligaciones de información para las Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico, que deberán comunicar determinadas operaciones a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) como parte de los controles vinculados a la prevención del lavado de activos.
El Banco Central del Uruguay (BCU) aprobó una disposición que amplía los mecanismos de supervisión sobre las operaciones realizadas mediante instrumentos de dinero electrónico. La medida alcanza a las Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico (IEDE), que deberán reportar determinadas transacciones efectuadas por sus clientes ante la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF).
La normativa establece diferencias entre operaciones en efectivo y transferencias. En el caso de depósitos y retiros de efectivo, las entidades deberán informar aquellas transacciones que superen los US$ 10.000 o su equivalente en otras monedas. Además, cuando varias operaciones individuales inferiores a ese monto acumulen más de US$ 10.000 dentro de un mismo mes calendario y sobre un mismo instrumento de dinero electrónico, también deberán ser comunicadas.
Respecto a los giros y transferencias dentro del país, el reporte será obligatorio para recepciones y entregas de fondos superiores a US$ 1.000, independientemente de la modalidad utilizada para concretar la operación. A su vez, las transferencias y giros internacionales deberán informarse sin importar el monto involucrado.
La resolución aclara que la información deberá remitirse conforme a instrucciones y plazos que serán definidos posteriormente por la autoridad competente. También precisa que las transacciones realizadas mediante instrumentos de dinero electrónico destinados exclusivamente a alimentación quedan excluidas de este régimen.
En los fundamentos de la medida, el BCU recordó que las Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico forman parte de los sujetos obligados por la Ley Nº 19.574 sobre prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. La decisión se adopta en un contexto de creciente utilización de medios de pago electrónicos en Uruguay. Según datos oficiales, durante 2025 se registraron más de 157 millones de operaciones mediante dinero electrónico, movilizando aproximadamente US$ 5.587 millones.
La nueva exigencia se suma a otras iniciativas recientes impulsadas por el regulador para fortalecer los mecanismos de control y seguimiento dentro del sistema financiero nacional, en momentos en que las transferencias y pagos digitales continúan expandiendo su participación en la economía uruguaya.