HECHOS SOCIALES
Matrimonio de Menores (Uruguay): casos registrados llegaron a superar 60 años de diferencia entre cónyuges.
El último censo identificó 53 personas menores de 18 años casadas. Algunas de esas uniones involucraron amplias diferencias generacionales y corresponden al marco legal que regía antes de la reciente modificación del Código Civil (CC). Un detallado trabajo de la colega periodista Pamela Díaz para el País junto a Florencia Flores, ilustra esa realidad en texto.
La edad mínima para contraer matrimonio volvió a quedar en el centro del debate en Uruguay tras los cambios introducidos en la legislación y la difusión de datos estadísticos que permiten observar cómo era la situación antes de la reforma.
En ese contexto, el Censo 2023 (último realizado en nuestra nación) aportó información sobre la realidad local al momento en que fueron relevados los datos; tal cual surge de un pormenorizado trabajo de la colega periodista Pamela Díaz para el País junto a Florencia Flores.
En diciembre del pasado año 2025 -a través de la Ley número 20.433-, se modificó el Código Civil y el requisito general para contraer matrimonio se elevó a los 18 años.
La excepción alcanza a quienes tienen 16 o 17 años y cuentan con autorización judicial.

Antes de ese cambio normativo, el Censo 2023 —que funciona como una fotografía del momento en que se recolectó la información— y permitió conocer cuántos menores de edad estaban casados en el país.
A partir del procesamiento de cifras ponderadas realizado por los colegas de El País, se detectó que había 53 personas menores de 18 años casadas en Uruguay al momento del relevamiento.
Del total, sólo dos habían contraído matrimonio entre sí; las restantes convivían con una pareja mayor de edad cuando fueron censadas.
Todos esos 53 menores estaban casados con personas del sexo opuesto.
Los datos muestran además una distribución prácticamente equilibrada por sexo: 26 adolescentes eran mujeres y 27 eran varones.
La interpretación de esos resultados requiere considerar una precisión metodológica:
La pregunta sobre estado civil fue formulada únicamente a quienes residían con su cónyuge en el mismo hogar.
Por lo tanto, los menores casados que no convivían con su pareja quedaron fuera del alcance de esta medición.
El mismo criterio se aplicó a las personas mayores de 18 años.
¿Qué cambió en la normativa?
La discusión sobre la edad mínima para contraer matrimonio ya había surgido durante la legislatura del período anterior de gobierno, aunque entonces no se registraron avances.
El proyecto fue posteriormente desarchivado y, tras su tratamiento en ambas Cámaras, el Parlamento modificó el artículo 91 del Código Civil (CC), que regula las condiciones para el matrimonio.
En el 2013, la edad mínima para casarse había sido fijada en 16 años. Hasta los 18, se requería el consentimiento de los padres o, en caso de fallecimiento de los progenitores, de los abuelos. Cuando ello no era posible, la autorización debía ser otorgada por la Justicia.
La reforma aprobada el pasado mes de diciembre, introdujo cambios sustanciales.
Aunque se mantiene la posibilidad de contraer matrimonio a partir de los 16 años, la decisión quedó supeditada a una autorización judicial.
La nueva redacción establece que el Juez, “con citación del o de los representantes legales del adolescente”, analizará el grado de evolución de sus facultades y adoptará la decisión en función de su interés superior, respetando su derecho a ser oído y a la asistencia letrada.
Panorama general de los matrimonios en Uruguay:
Al ampliar la mirada más allá de los menores de edad, el Censo registró 729.701 personas casadas que convivían con su cónyuge al momento de ser censadas.
De ese universo, 724.589 personas —equivalentes al 99%— habían contraído matrimonio con alguien del sexo opuesto.
En tanto, 5.112 personas —el 1% del total— estaban casadas con alguien de su mismo sexo.
Los datos censales también permiten identificar diferencias generacionales en las formas de convivencia.
A partir de los 45 años predomina el matrimonio sobre la unión libre con convivencia, una tendencia que se invierte entre los segmentos más jóvenes.
Un menor y un adulto en la mayoría de los casos:
Entre los años 2020 y 2024 se registraron 84 matrimonios en los que al menos uno de los contrayentes era menor de edad, según informó El País tras un pedido de acceso a la información pública.
La gran mayoría, 82 casos, correspondió a uniones entre un adulto y un menor.
De esos matrimonios, el 91,5% involucraba a una mujer como la parte menor de edad.
Al analizar las edades de los adultos en esos 82 casos, se observa que 51 tenían entre 18 y 22 años, lo que representa el 62% del total.
Otros 16 se ubicaban entre los 23 y los 27 años, equivalentes al 20%, mientras que nueve tenían entre 28 y 36 años, el 11%.
Asimismo, hubo tres personas de 37, 38 y 39 años que contrajeron matrimonio con menores de 17 años.
Finalmente, se registraron casos en los que personas de 40, 44 y 78 años se casaron con menores de 16 años.
Estas situaciones explican que algunas de las diferencias de edad registradas entre cónyuges llegaran a superar las seis décadas.
Como referencia general, el último relevamiento oficial realizado en la República Oriental del Uruguay se efectuó en 2023.
Los resultados finales de ese Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas fueron presentados por el Instituto Nacional de Estadística (INE), que determinó una población total de 3.499.451 habitantes en el país.
Imágenes ilustrativas: Cadena del Mar