IMPUESTOS
Declaración Jurada de IRPF e IASS 2025: obligados, exentos y fechas de pago
La Dirección General Impositiva (DGI) detalló quiénes deben presentar las declaraciones juradas de IRPF e IASS para el ejercicio 2024, quiénes están exentos y los plazos para cumplir con estas obligaciones fiscales.
Con la llegada del período fiscal 2025, miles de uruguayos se preparan para presentar las declaraciones juradas de IRPF (Impuesto a la Renta de las Personas Físicas) e IASS (Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social) correspondientes al ejercicio 2024.
La Dirección General Impositiva (DGI) ha publicado información clave sobre quiénes están obligados a presentar estos documentos, quiénes están exentos y los plazos establecidos para los pagos.
¿Qué son el IRPF y el IASS?
Ambos impuestos se calculan anualmente sobre los ingresos obtenidos durante 2024, aunque los empleadores y organismos previsionales realizan retenciones mensuales. La declaración jurada permite ajustar el cálculo final, lo que puede resultar en pagos adicionales o devoluciones a favor del contribuyente.
Según la DGI, las personas que deben presentar la declaración jurada son:
Trabajadores dependientes con múltiples empleos: Aquellos que tuvieron más de un empleo en 2024 y cuyos ingresos anuales superaron los $925.350 nominales.
Jubilados con más de una pasividad: Quienes percibieron más de una jubilación o pensión y superaron los $925.350 nominales en el año.
Trabajadores con un único empleador sin ingresos en diciembre: Quienes superaron los $925.350 nominales, pero no registraron ingresos en diciembre de 2024.
Núcleo familiar o deducciones específicas: Personas que deseen tributar como núcleo familiar (sumando ingresos de la pareja para un mayor mínimo no imponible), o que busquen deducir gastos de alquiler o cuotas hipotecarias para vivienda.
Trabajadores independientes: Profesionales y no profesionales que prestaron servicios personales fuera de relación de dependencia en 2024, sin tributar IRAE por esas rentas, deben presentar la declaración de IRPF, independientemente del monto de ingresos. También deben presentar la declaración de IVA Servicios Personales.
Contribuyentes con ingresos mixtos: Quienes combinaron ingresos dependientes e independientes en 2024.
La DGI especificó que no están obligados a presentar la declaración de IRPF:
Ingresos bajos con un solo pagador: Personas con ingresos menores a $925.350 nominales entre enero y diciembre de 2024, provenientes de un único pagador.
Ingresos simultáneos con formulario 3100: Quienes tuvieron más de un pagador, pero presentaron el formulario 3100 y no superaron los $925.350.
Ingresos altos con condiciones específicas: Quienes superaron los $925.350, pero tuvieron un único pagador, incluyeron ingresos en diciembre 2024 y no optaron por la reducción del 5% en anticipos por núcleo familiar.
Rentas de capital con retenciones completas: Aquellos con rentas por arrendamientos (menores a $247.080 o con retenciones/anticipos completos) o intereses bancarios ya retenidos.
No están obligados a presentar la declaración de IASS:
Jubilados con una única pasividad: Quienes recibieron ingresos de un solo organismo previsional, incluyendo diciembre 2024.
Múltiples pasividades con formulario 3800: Jubilados con ingresos simultáneos menores a $925.350 que presentaron el formulario 3800.
Sin embargo, los jubilados por AFAP con ingresos superiores a $925.350, o que no presentaron el formulario 3800, deben presentar la declaración.
Fechas para Presentar y Pagar
La DGI confirmó que las declaraciones juradas de IRPF e IASS para 2024 deben presentarse entre el 7 de julio y el 28 de agosto de 2025. Los pagos de los saldos se pueden realizar en cinco cuotas, según el siguiente cronograma:
1ª cuota: 29 de agosto de 2025
2ª cuota: 30 de septiembre de 2025
3ª cuota: 31 de octubre de 2025
4ª cuota: 28 de noviembre de 2025
5ª cuota: 30 de diciembre de 2025
Los contribuyentes podrán acceder al formulario en línea en la web de la DGI (fecha exacta a confirmar) con la información precargada de sus ingresos de 2024.
Devoluciones y Trámites
Aunque la DGI no ha anunciado las fechas para las devoluciones automáticas, aquellos que no estén obligados a presentar la declaración podrían recibirlas si cumplen con los requisitos.
Para los obligados, el formulario en línea simplificará el proceso, especialmente para quienes utilicen la identidad digital para agilizar trámites