ACTUALIZACIÓN
“Cerrado hasta nuevo aviso” (Punta del Este): tradicional local comercial de Parada 2 continúa sin atención al público.
Oyentes reportaron la presencia del cartel en avenida Francisco Salazar casi calle María Eugenia Vaz Ferreira. La novedad se conoce pocos días después de que un Tribunal de Apelaciones dejara firme una condena aduanera vinculada a mercadería irregular hallada durante un procedimiento realizado en ese sector puntaesteño.
Un conocido comercio de Parada 2, en nuestro principal balneario, permanece sin actividad y en su acceso puede observarse el aviso con la leyenda “cerrado hasta nuevo aviso”.
El reporte llegó a Cadena del Mar (106.5 F.M.) a través de oyentes de la zona. Hasta el momento no trascendió cuándo podría retomar su funcionamiento habitual.
La situación cobra particular relevancia tras conocerse una reciente resolución judicial que confirmó una condena por infracción aduanera de contrabando contra un comerciante de Punta del Este, derivada de una actuación desarrollada en esa misma área.
El expediente se inició el 19 de marzo de 2025, cuando funcionarios del Grupo de Respuesta e Inteligencia Aduanera (GRIA) efectuaron una inspección y decomisaron bebidas alcohólicas, cigarrillos de distintas marcas y dispositivos electrónicos para fumar.
La Dirección Nacional de Aduanas valuó lo incautado en $ 1.202.212. El responsable quedó a disposición de la Fiscalía Letrada Departamental de Maldonado de 3° Turno, encabezada por la Dra. Ana Laura Roses e integrada además por las Fiscales Dra. Gabriela Barragán y Dra. Alejandra Sasson Valdez.
SENTENCIA
Durante el proceso aduanero, el propietario sostuvo que había adquirido los productos a vendedores ambulantes que concurrían periódicamente y los ofrecían a precios bajos.
Sin embargo, no habría presentado documentación que acreditara el pago de los tributos correspondientes, la fabricación nacional de los artículos o su adquisición regular dentro del territorio.
La Defensa apeló el fallo y argumentó, entre otros aspectos, que en sede penal se había adoptado una resolución por receptación y no por contrabando.
El Tribunal desestimó el planteo por unanimidad al considerar que ambos procedimientos determinan responsabilidades de distinta naturaleza.
De esta manera, quedaron vigentes el decomiso de los bienes, el pago de los tributos evadidos, el doble de los recargos de importación, una multa equivalente al 20% del valor en aduana y las costas del proceso.
SIN FECHA DE REAPERTURA
El local cuenta con varios años de trayectoria en el área. Por ahora, no existe información pública acerca de cuándo volverá a recibir clientes.