Escribanos Sobreseídos

Dr. Leandro Arévalo Vidal (Caso Terrenos): "No había una asociación para delinquir y las falsificaciones supuestas tampoco se le podían atribuir a mis defendidos".

La resolución judicial dictó la absolución de los escribanos imputados en su momento por una compleja causa penal por presuntas estafas y falsificación de documentos públicos con terrenos en Maldonado. El fallo de primera instancia desestimó las acusaciones de la Fiscalía tras un extenso proceso que se extendió por siete años de investigación y contempló más de una veintena de audiencias orales.

Un resonado proceso judicial que investigaba presuntas maniobras delictivas con la compraventa de propiedades pertenecientes a ciudadanos extranjeros en los departamentos costeros concluyó con el dictado de la sentencia definitiva en la jornada de ayer tal cual informó oportunamente Cadena del Mar.

El caso penal, fue considerado por el Dr. Leandro Arévalo Vidal, como uno de los más complejos y extensos desde la implementación del nuevo ordenamiento procesal, donde involucró múltiples audiencias y la tipificación inicial de delitos como asociación para delinquir, estafa y falsificación de firmas por parte del Ministerio Público.

"Tuvimos más de 20 audiencias y hubo incluso un decreto que cuando fijó las audiencias, fijó 25 audiencias; yo sinceramente no he sabido que haya sucedido un caso que haya tenido tantas audiencias, tanta complejidad y trabajo en el Código Nuevo desde el 2017", relató el Dr. Leandro Arévalo Vidal esta mañana en exclusiva en "La Mañana en Cadena".

El abogado defensor, quien asumió la representación legal de dos de los involucrados en la causa (un escribano y un comerciante de la zona), detalló que la resolución de la magistrada interviniente consta de 61 páginas de fundamentación jurídica para respaldar la inocencia de los encausados.

"La imputación que hacía Fiscalía, donde partía de que había una asociación para delinquir y que se habían hecho falsificaciones de documentos y por eso también habían estafas", explicó el jurista, agregando que la acusación "padecía justamente de este error, de que a partir de un indicio se considera una inferencia y a partir de esa inferencia otra inferencia".

El profesional del derecho analizó las graves repercusiones personales y laborales que debieron afrontar sus patrocinados a lo largo de los cinco años en que se mantuvo la imputación judicial.

"Afectan y afectan mucho. En el caso de uno de ellos, entiendo que se destruyó lo que puede ser el ejercicio de la profesión y en el caso de otro -que tenía su centro de vida y de negocios compartido entre Uruguay y Brasil-, se le truncó absolutamente esto, porque tuvo que radicarse nuevamente 100% en Uruguay", lamentó el entrevistado.

Respecto al principio jurídico de fondo que sentó este precedente en la magistratura local, el defensor remarcó la salvaguarda de las garantías para el desarrollo de la actividad profesional.

"Si una persona no actúa con intención de delinquir independientemente del resultado y su actuación fue 100% acorde a la ley no puede nunca ser responsabilizada penalmente por ello", enfatizó el letrado, aclarando que si bien el dictamen extinguió las medidas cautelares restrictivas, la Fiscalía aún dispone de los plazos legales correspondientes para presentar un recurso de apelación tras el receso de la feria judicial menor.

Para conocer mas sobre el tema escuche el siguiente audio informativo:

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