MACABRO

Balneario Solís (Homicidio): ratifican condena al organizador del plan.

El hombre de 55 años, ideó una maniobra para secuestrar a la víctima y robarle droga. El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1° Turno confirmó la sentencia, tal cual se adelantó días pasados en La Mañana en Cadena.

A fines del año 2023, el balneario Solís de nuestro departamento de Maldonado, registró una serie de hechos violentos que generaron preocupación entre vecinos, con movilizaciones para reclamar mayor presencia policial.

El episodio más grave fue el homicidio de un hombre, hallado sin vida dentro de un vehículo que terminó estrellado contra una columna.

En los últimos días, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 1°Turno ratificó la condena del delincuente de 55 años que ideó el plan que derivó en el crimen.

Tenía antecedentes penales había recuperado la libertad en el 2022 tras cumplir una pena por homicidio dictada en el año 2002.

De acuerdo a la sentencia, el condenado tuvo un rol logístico central en la maniobra: contactó al vendedor de droga, alquiló la vivienda en Solís donde se realizaría el encuentro y gestionó, mediante un intermediario, el alquiler de un vehículo que sería utilizado para la fuga.

También asignó tareas y proporcionó armas a sus cómplices.

El plan consistía en reducir al vendedor, atarlo y robarle la sustancia.

Sin embargo, el encuentro no se desarrolló como estaba previsto: el hombre llegó acompañado y, tras una discusión dentro de la vivienda, los dos ejecutores comenzaron a disparar.

El vendedor logró escapar, pero su acompañante fue herido de muerte.

Alcanzó a subirse a su vehículo e intentar huir, aunque falleció antes de lograrlo, lo que provocó que el automóvil se estrellara contra una columna; tal cual lo informó oportunamente Cadena del Mar.

Tras el ataque, los agresores huyeron hacia Ruta 10 y se comunicaron con el organizador, quien los aguardaba en la zona para facilitar la fuga hacia Canelones.

La investigación reunió diversos elementos que permitieron reconstruir lo ocurrido. Entre ellos, el testimonio de la propietaria de la vivienda alquilada, quien aportó los datos del implicado tras haber recibido su documento para concretar la reserva.

El vehículo utilizado en la maniobra, alquilado mediante un intermediario al que se le pagó con pasta base, contaba con sistema de GPS.

Ese registro permitió ubicar al organizador en Solís y seguir su desplazamiento posterior.

Además, cámaras del Peaje Solís contradijeron la versión de la Defensa, que sostenía que el hombre había viajado solo.

Otro elemento relevante fue el hallazgo de trozos de tela, que habrían sido utilizados para inmovilizar a la víctima.

En un allanamiento posterior en la vivienda del condenado se incautaron 117 gramos de cocaína y envoltorios con marihuana, lo que derivó en una imputación adicional por tenencia de estupefacientes no para consumo.

Por estos hechos, el hombre fue condenado como partícipe extraño de un delito de homicidio muy especialmente agravado —figura que refiere a quien interviene sin ejecutar directamente el hecho—, además del delito vinculado a estupefacientes, recibiendo una pena de 20 años de penitenciaría.

La Defensa apeló la Sentencia de Primera Instancia dictada por la entonces jueza de Maldonado, Dra. Gabriela Azpiroz, argumentando que el acusado no tuvo contacto con los autores materiales y que existían errores jurídicos en el fallo.

El Tribunal de Apelaciones desestimó esos argumentos y confirmó la condena.

Los ministros señalaron que, al no participar directamente en la transacción y enviar a terceros, el implicado asumió el riesgo de que sus secuaces actuaran para obtener la droga.

Asimismo, consideraron poco creíble la versión de los autores materiales, quienes afirmaron no conocer al organizador y haber llegado en ómnibus, lo que fue descartado a partir de los elementos reunidos durante la investigación.