REVÉS JUDICIAL

Estados Unidos (visas): fallo deja sin efecto restricción que alcanzaba a Uruguay y otros 74 países.

La Justicia Federal anuló una disposición de la Administración del Presidente Donald Trump, que desde enero, impedía la emisión de visas de inmigrante para ciudadanos de determinadas naciones. La decisión beneficia a los solicitantes uruguayos incluidos dentro de la medida y no comprende los permisos destinados a estadías temporales.



Una resolución adoptada en Nueva York cambió el escenario para ciudadanos de Uruguay que procuran establecerse de manera permanente en Estados Unidos de Norteamérica, luego de quedar sin efecto la suspensión que alcanzaba a un total de 75 países.

La sentencia fue dictada ayer, viernes 21 de agosto, por la Jueza Federal Jeannette Vargas, del Tribunal de Distrito para el Distrito Sur de Nueva York, quien determinó que la política impulsada por el Secretario de Estado, Marco Rubio, excedía sus atribuciones legales y resultaba contraria a la legislación migratoria estadounidense.

La restricción había comenzado a regir el 21 de enero de 2026. 

El Departamento de Estado incluyó oficialmente a Uruguay entre las 75 naciones alcanzadas por la pausa en la emisión de visas de inmigrante. 

En América Latina también figuraban, entre otros países, Brasil, Colombia, Cuba, Guatemala y Nicaragua.

La disposición afectaba a quienes pretendían obtener una autorización para radicarse permanentemente en Estados Unidos. 

En cambio, no alcanzaba de manera general a las visas de no inmigrante utilizadas para ingresos temporales por motivos como turismo, estudios o actividades laborales.

El Gobierno estadounidense había fundamentado la decisión en el supuesto riesgo de que personas provenientes de los países seleccionados recurrieran a programas de asistencia social o terminaran representando una carga para los recursos públicos.

Vargas cuestionó ese criterio y concluyó que la nacionalidad no podía transformarse, por sí sola, en motivo suficiente para rechazar una visa cuando el interesado reunía los restantes requisitos previstos por la normativa.

La sentencia también deja sin efecto las denegaciones sustentadas exclusivamente en esa política, uno de los puntos de mayor alcance de la resolución judicial.

Rige el plazo para apelar el pronunciamiento.

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