ARRESTO CIUDADANO
Tarjeta de débito (Maldonado): detectó un intento de compra, encontró al sospechoso con sus pertenencias y lo retuvo.
Antonio Yovany Ferreira Hernández, de 27 años y poseedor de antecedentes penales, recibió una pena de cinco meses de prisión luego de una intervención iniciada por el propietario del vehículo donde se hurtaron los elementos personales.
El martes 11 de agosto, próximo a las 10:30 horas, un hombre recibió una alerta por un intento de utilización de su tarjeta de débito en un supermercado.
Ante la inesperada situación, se dirigió hasta su automóvil, estacionado sobre calle Carlos Anaya, y constató que le habían sustraído la tarjeta, prendas de vestir, una mochila, un bolso y otros artículos que permanecían en el interior del rodado.
La víctima acudió al comercio donde se había intentado realizar la compra y obtuvo una descripción de la persona involucrada.
Con esa información salió en su búsqueda y logró interceptarla en calle Alberto Caracara, llevando puestas prendas de su propiedad y portando su mochila y bolso.
El Servicio de Emergencias 9-1-1 recibió entonces un llamado que alertaba sobre un arresto ciudadano, por lo que efectivos de la Unidad de Respuesta Policial Móvil de Zona Operacional II (URPM II) concurrieron al sitio y concretaron la detención de Ferreira Hernández.
Las actuaciones quedaron a cargo de la Fiscalía Letrada Departamental de Maldonado de 5° Turno, encabezada por el Dr. Jorge Vaz González, junto con las Dras. Ana Laura Barrios y Carina Fernández.
La sede dispuso la conducción del detenido para continuar con las indagatorias y, una vez culminada esa instancia, el miércoles 12 de agosto fue trasladado ante el Juzgado Letrado de Maldonado de 11° Turno.
La Justicia condenó a Antonio Yovany Ferreira Hernández como autor penalmente responsable de un delito de hurto en régimen de reiteración real con un delito de fraude informático en grado de tentativa, imponiéndole cinco meses de prisión, con descuento de la detención sufrida y siendo de su cargo las obligaciones previstas en los literales d y e del Art. 105 del Código Penal.