OPERATIVO
Hurto (Playa Hermosa): Policía identificó al autor y tres meses después fue detenido.
Alejandro Damián González Rodríguez, de 28 años y poseedor de antecedentes penales, fue ubicado durante una intervención de impacto y recibió una pena de 15 meses de prisión por el ingreso a una vivienda de la que fueron sustraídos electrodomésticos, comestibles y otros efectos.
El lunes 11 de mayo, sobre las 17:00 horas, el Servicio de Emergencias 9-1-1 recibió una comunicación que alertaba sobre un hurto consumado en una vivienda del balneario Playa Hermosa.
Efectivos de la Unidad de Respuesta Policial Móvil de Zona Operacional I (URPM I) concurrieron al domicilio y se entrevistaron con el damnificado, quien relató que se había retirado de la propiedad el día anterior y que, al regresar, encontró un vidrio roto y constató la falta de varios electrodomésticos, comestibles y otros artículos.
Personal del Departamento de Policía Científica de Zona Operacional I realizó un minucioso relevamiento de la escena.
Las evidencias obtenidas permitieron identificar a González Rodríguez como autor del hecho, por lo que se libró una orden de detención.
La búsqueda se mantuvo vigente hasta la madrugada del miércoles 12 de agosto, cuando funcionarios del Programa de Alta Dedicación Operativa (PADO), afectados al Operativo Impacto, localizaron al requerido y concretaron su detención.
Las actuaciones quedaron a cargo de la Fiscalía Letrada Departamental de Maldonado de 2° Turno, encabezada por la Dra. Jessica Pereira, junto con las Dras. Dayana Núñez Pereira y Silvana Clavijo.
La sede dispuso la conducción del detenido para continuar con las averiguaciones y, una vez culminada la instancia fiscal, ese mismo miércoles fue trasladado ante el Juzgado Letrado de Maldonado de 11° Turno.
La Justicia condenó a Alejandro Damián González Rodríguez como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado y le impuso una pena de 15 meses de prisión, con descuento de la detención sufrida y siendo de su cargo las obligaciones previstas en los literales d y e del Art. 105 del Código Penal.