MALDONADO
Fue detenido tras hurtar bicicleta de una vivienda en calle Canelones y circular posteriormente en una moto robada.
Maximiliano Daniel Santoro Medina, de 44 años, con antecedentes penales, fue condenado a quince (15) meses de prisión efectiva por un delito de hurto agravado y un delito de receptación, ambos en régimen de reiteración real.
El 7 de abril, en horas de la mañana, un hombre denunció en la Seccional Sexta que le habían sustraído su bicicleta del patio de su vivienda, ubicada sobre calle Canelones, en la ciudad de Maldonado.
La víctima manifestó que un hombre había ingresado al predio y se había llevado el birrodado, cuyo valor ascendía a 500 dólares estadounidenses. Inmediatamente dio aviso a las autoridades.
Tras un trabajo exhaustivo, la Brigada de Hurtos de Seccional Sexta logró establecer como presunto autor a Maximiliano Daniel Santoro Medina, de 44 años, poseedor de antecedentes penales.
Trabajó en el hecho la Fiscalía Letrada Departamental de Maldonado de 2° Turno, cuya titular es la Dra. Jessica Pereira, siendo parte de su equipo las fiscales Dra. Dayana Núñez Pereira y Dra. Silvana Clavijo.
El 14 de abril, mientras realizaba patrullaje preventivo en jurisdicción de Seccional Sexta, personal de la Unidad de Respuesta Policial Móvil (URPM) de Zona Operacional II intervino a un hombre que circulaba en una motocicleta sin matrícula.
Al verificar los datos del rodado, constataron que estaba requerido por hurto. Además, identificaron al conductor como Santoro Medina, quien ya era investigado por el robo de la bicicleta.
Fue detenido y derivado a dependencia policial para continuar con las actuaciones.
Enterada nuevamente la Fiscalía, dispuso su conducción a sede fiscal para la indagatoria correspondiente.
Durante la misma jornada, tras prestar declaración, fue conducido al Juzgado Letrado de 11° Turno de Maldonado, donde se celebró audiencia.
Se dictó sentencia condenatoria contra Santoro Medina como autor penalmente responsable de:
Un delito de hurto agravado.
Un delito de receptación.
Ambos en régimen de reiteración real.
La pena impuesta fue de quince (15) meses de prisión efectiva.