MEDIOAMBIENTE

Uruguay (actividad pesquera): advierten sobre prohibiciones y posibles sanciones por extracción de especies.

La corvina negra no podrá capturarse en determinadas zonas hasta el 1.º de enero de 2027. También se mantienen limitaciones para la recolección de cangrejos, con condiciones diferentes según la especie.

La Dirección de Ambiente de la Intendencia de Maldonado recordó las disposiciones nacionales que regulan la pesca y la extracción de determinados crustáceos en el territorio uruguayo, con el propósito de preservar sus poblaciones y evitar la sobreexplotación.

Las medidas, establecidas por la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA), contemplan restricciones geográficas, límites de captura y procedimientos autorizados.

CONDICIONES PARA LA EXTRACCIÓN DE CANGREJOS

La Resolución N.º 036/2020 establece una prohibición de recolección del cangrejo violinista en toda la costa uruguaya, vigente hasta que se disponga lo contrario.

Para el cangrejo de juncal, se permite retirar hasta 20 machos diarios por persona, sin capturar hembras con huevos.

Tampoco está autorizado utilizar palas, herramientas de excavación ni dispositivos eléctricos para provocar la salida de los ejemplares de sus cuevas. Las cantidades superiores al límite requieren un permiso oficial.

VEDA DE CORVINA NEGRA

Por otra parte, la Resolución N.º 238/2026 prohíbe pescar corvina negra (Pogonias courbina) desde el 1.º de octubre de 2026 hasta el 1.º de enero de 2027, inclusive.

La restricción comprende los ríos y arroyos que desembocan en el Río de la Plata y el océano Atlántico, además de las desembocaduras de las lagunas costeras atlánticas.

Fuera de esos sectores, la captura no está alcanzada por esta prohibición.

La veda responde al crecimiento lento de la especie y a su limitada capacidad de recuperación, especialmente durante el período reproductivo.