ELECCIONES
Multa por no votar: ya se puede abonar y justificar. Conozca monto, procedimiento y plazo
El formulario de justificación por no haber votado en las elecciones departamentales y municipales, fue habilitado por la Corte Electoral.
El máximo órgano electoral de Uruguay habilitó el sistema para abonar la multa correspondiente a quienes no emitieron su voto en las elecciones departamentales y municipales, realizadas el pasado domingo 11 de mayo de 2025.
El organismo, también confirmó el monto que debe pagarse por la omisión del sufragio y recordó los plazos establecidos para presentar justificaciones, en caso de tener una causa válida reconocida por éste.
Entre las razones aceptadas para justificar la inasistencia, se encuentra el haber estado fuera del país el día de la elección.
En esos casos, es posible presentar cualquier documento que acredite la fecha de salida y regreso a Uruguay, como un certificado emitido por la Dirección Nacional de Migración, pasaporte con sellos de entrada y salida, pasajes que evidencien el viaje, constancias laborales en el extranjero u otra documentación similar.
Las personas en esta situación, disponen de un plazo de 30 días desde su retorno al país para presentar la acreditación correspondiente.
Para los uruguayos que residen permanentemente en el exterior, el procedimiento es diferente: pueden justificar su ausencia ante el Consulado Uruguayo más cercano, dentro de los 20 días posteriores a la elección (si bien podían haberlo hecho dentro de los 20 días previos).
Por último, quienes no pudieron asistir a votar por motivos de fuerza mayor, deberán respaldar su justificación con pruebas documentales que demuestren la situación alegada ante la Corte Electoral.
Costo de la multa: $ 1.820.
Costo de la multa para funcionarios públicos y/o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República: $ 3.640.
Se puede abonar la multa (online), haciendo click en este link de la Corte Electoral.