REGULACIÓN

Transporte Turístico (Maldonado): aprobaron nueva normativa para empresas y vehículos.

Las disposiciones fijan una antigüedad máxima de 18 años para las unidades, determinan requisitos de habilitación y contemplan multas de hasta 350 Unidades Reajustables. El Edil Fabricio Rodríguez confirmó a Cadena del Mar (106.5 F.M.) la aprobación definitiva.

La Junta Departamental de Maldonado dio luz verde a la actualización de las condiciones para brindar servicios de transporte turístico en nuestro departamento de Maldonado.

La decisión fue confirmada a Cadena del Mar (106.5 F.M.) por el Edil Fabricio Rodríguez, Presidente de la Comisión de Nomenclatura, Tránsito y Transporte, quien participó en el análisis de la iniciativa.

Según explicó, durante el tratamiento en Comisión fueron recibidos distintos operadores del sector, con quienes existía coincidencia en casi el 90% de las modificaciones planteadas.

El nuevo marco sustituye el decreto departamental de 1994 y abarca la autorización de las empresas, las características de los vehículos, las condiciones de los traslados y los mecanismos de fiscalización.

La propuesta original fue presentada por la Unión de Transportistas Turísticos de Maldonado y recibió aportes de las áreas de Turismo, Movilidad y Asesoría Jurídica de la Intendencia Departamental de Maldonado.

UN CAMBIO QUE EL SECTOR VENÍA RECLAMANDO

Álvaro Gugliotta, Presidente de la Unión de Transportistas Turísticos del Uruguay, había planteado públicamente la necesidad de alcanzar una definición legislativa.

Durante una entrevista difundida por este medio de comunicación el 20 de agosto, vinculó la modificación con la búsqueda de menores costos para las empresas y reclamó eliminar una tasa que consideraban gravosa.

“Poder encarar la temporada sin esa tasa significaría un alivio para todos”, expresó entonces.

Sobre ese punto, el texto remitido al Plenario dispone la acreditación anual de los requisitos y menciona un pago por única vez al momento de la inscripción, aunque no precisa su concepto ni importe. Por lo tanto, la documentación disponible no permite determinar el alcance económico de esa disposición.

PERMISOS Y PRESENCIA EN EL DEPARTAMENTO

Para operar, los prestadores deberán contar con autorización del Ministerio de Turismo, tener casa central o sucursal en Maldonado e inscribirse en el Registro de Transporte Turístico Departamental.

La Intendencia otorgará permisos de carácter precario y revocable.

El trámite será electrónico y requerirá documentación del titular o representante, constancia de propiedad de los vehículos, Permiso Nacional de Circulación, inspección técnica y seguro de responsabilidad civil para el transporte de personas.

Cada permisario deberá contar con al menos una unidad con capacidad mínima para ocho pasajeros, sin incluir al conductor.

Los vehículos afectados a la actividad tendrán que estar empadronados en Maldonado, utilizar matrículas BTU y exhibir una oblea vigente.

Las empresas que se instalen mediante una sucursal deberán empadronar en el departamento el 25% de la flota declarada ante el Ministerio de Transporte y Obras Públicas en categoría Turismo.

ANTIGÜEDAD, EQUIPAMIENTO Y SEGURIDAD

La regulación fija en 18 años la antigüedad máxima de los vehículos y exige aire acondicionado, equipo de amplificación y los elementos de seguridad previstos por la normativa de tránsito.

Las unidades deberán someterse anualmente a una inspección técnica ante Movilidad, instancia que podrá ser sustituida por el Permiso Nacional de Circulación del MTOP correspondiente a la categoría Turismo. También será obligatorio mantener al día los tributos municipales.

Quedará prohibido superar la capacidad autorizada o transportar pasajeros de pie. El personal afectado a la actividad deberá contar con carné de salud vigente.

Para las excursiones realizadas en vehículos cuya capacidad no supere los 18 pasajeros, será obligatorio contar con un guía turístico. Esa función podrá ser desempeñada por el conductor.

Las compañías que reúnan un mínimo total de 24 asientos podrán contratar otras unidades inscriptas en el registro departamental, previa autorización de Turismo.

En esos casos, el permiso tendrá una vigencia máxima de 30 días.

CONDICIONES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

La actividad deberá desarrollarse en espacios autorizados por la Intendencia.

Rodríguez destacó, además, las facultades del Ejecutivo para establecer limitaciones sobre las modalidades de comercialización.

El articulado determina que las prestaciones adicionales o complementarias al traslado sean contratadas directamente entre los turistas y sus proveedores, sin intermediación de la transportista. Esta tendrá que comprobar la situación registral del prestador cuando su inscripción resulte obligatoria.

Las excursiones que ingresen a Maldonado deberán estar registradas ante el Ministerio de Turismo o el MTOP y contar con el Permiso Ocasional de Transporte de Pasajeros. No podrán recoger viajeros dentro de los límites departamentales.

En cuanto a los vehículos extranjeros, aquellos que lleguen con un grupo cerrado podrán efectuar paseos turísticos con esos pasajeros, pero no brindar otros servicios locales. Deberán contar con manifiesto de viajeros, permiso de transporte del país de origen y seguro.

MULTAS Y CONTROLES

Los incumplimientos podrán ser sancionados con multas de entre 10 y 350 Unidades Reajustables, de acuerdo con su gravedad, además de la eventual revocación de la habilitación.

La prestación de servicios sin autorización implicará una multa inicial de 70 UR, que se duplicará en caso de reincidencia hasta alcanzar el máximo previsto. Movilidad podrá retirar las matrículas hasta que la situación sea regularizada.

La fiscalización quedará a cargo del Cuerpo Inspectivo departamental.

Ante infracciones que lo justifiquen, sus funcionarios podrán disponer la suspensión del servicio y solicitar la intervención de la fuerza pública.

La aprobación culmina la etapa de discusión legislativa y establece un nuevo marco para las empresas dedicadas al traslado de turistas en Maldonado, con exigencias para su funcionamiento y herramientas destinadas a controlar su cumplimiento.

Imagen ilustrativa: Cadena del Mar.