FACILIDADES DE PAGO

Contribución Inmobiliaria (Maldonado): habilitan hasta 24 cuotas para regularizar deudas.

El régimen alcanza a quienes tengan una carga tributaria anual de hasta $25.000 y estará vigente hasta el 31 de marzo de 2027. Incluye beneficios sobre multas y recargos; la contribución rural queda excluida.

Los contribuyentes de Maldonado con obligaciones inmobiliarias vencidas podrán acceder a un régimen especial para ponerse al día mediante pago contado o financiación.

La medida, amparada en el Decreto Departamental 4125/2026, busca facilitar la regularización de los adeudos y contempla la reducción o eliminación de sanciones por mora.

Según la información a la que accedió Cadena del Mar, el límite de $25.000 corresponde al importe anual de la Contribución Inmobiliaria y sus adicionales, no al total de la deuda acumulada.

Se toma la suma de contribución, Impuesto General Ambiental y Alumbrado Público del ejercicio 2026, a valores de febrero.

¿CÓMO SE PODRÁ PAGAR?

Quienes estén comprendidos podrán cancelar al contado con una bonificación de hasta el 10% o financiar en un máximo de 24 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, expresadas en Unidades Indexadas.

La reliquidación excluirá multas y recargos, actualizará el capital por el Índice de Precios al Consumo y convertirá el saldo a UI. No se computarán deudas con más de 5 años de vencidas, contados desde el 1° de enero de 2026.

Si únicamente se adeuda el ejercicio en curso, deberá abonarse al contado y sin la bonificación prevista para esa modalidad.

CASOS ESPECIALES Y CONVENIOS

Una Comisión Especial analizará situaciones que superen el límite establecido. Para esos casos se prevén hasta 12 cuotas en UI, con interés anual del 10% sobre saldo, o una bonificación de hasta el 5% al contado.

Los convenios vigentes podrán reformularse. El incumplimiento de 3 cuotas consecutivas dejará sin efecto la financiación y restablecerá la deuda original con multas y recargos.

El plazo para acogerse a estas facilidades finalizará el 31 de marzo de 2027.

La posibilidad de regularización comprende la contribución urbana y suburbana y los tributos asociados, mientras que las deudas por Contribución Inmobiliaria Rural permanecen fuera del beneficio.

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