INSEGURIDAD

Hurto de vehículo (Punta del Este): condenado a libertad a prueba tras robar una moto en Punta Shopping.

Un joven de 18 años fue condenado a dieciséis meses de prisión, sustituidos por un régimen de libertad a prueba, tras ser interceptado por la policía cuando escapaba junto a un menor de edad con el birrodado de tiro.

Un joven de 18 años, carente de antecedentes penales, fue condenado por la Justicia como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado en la zona de Punta del Este.

El procedimiento se originó pasadas las 21:00 horas del pasado 10 de octubre, cuando una funcionaria de la Prefectura Nacional Naval que presta servicios en el Centro de Comando Unificado (CCU) visualizó en tiempo real, a través de las cámaras de videovigilancia pública, el hurto de una moto en el estacionamiento de Punta Shopping.

Tras las alertas radiales emitidas por los operadores del CCU, efectivos del Grupo de Intervención Rápida que participaban del Operativo Búho acudieron rápidamente a la zona e interceptaron a los autores en la calle Los Alpes, a la altura de Avenida Roosevelt, cuando se llevaban el vehículo de tiro.

Al lugar también concurrió personal policial de la Seccional correspondiente, mientras que la propietaria del birrodado logró ser localizada y enterada de lo sucedido por intermedio de la policía, presentándose posteriormente en la dependencia para radicar la denuncia formal.

Una vez finalizadas las actuaciones de rigor, el caso fue derivado a la Fiscalía Letrada de 4º Turno cuya titular es la Dra. Ana Carolina Dean junto a sus colegas Fiscales Dra. Cecilia Guerra y Dra. María Fernanda Manganello, disponiéndose la entrega del menor de 12 años involucrado a un adulto responsable y la conducción del detenido a su sede.

Finalmente, tras la audiencia judicial celebrada en el Juzgado Letrado de 11º Turno, el magistrado actuante decretó la condena del imputado a dieciséis meses de prisión, los cuales serán cumplidos bajo un régimen de libertad a prueba de acuerdo con el artículo 295 bis del Código del Proceso Penal.

Como parte de la medida cautelar, el condenado deberá cumplir con la obligación de residir en un domicilio fijado, someterse a la orientación y vigilancia de la DINAMA, presentarse semanalmente en la seccional policial y realizar prestaciones de servicio comunitario dos horas diarias una vez por semana durante diez meses.